Jaime Elio Quintero García

Déjeme y le Platico de un Libro

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Censura

domingo, 4 de octubre de 2015
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Durante años, cientos o tal vez muchos más, en todos los países democráticos se ha debatido una y otra vez, si la información -noticiosa o de análisis- debe ser regulada y en qué términos, para evitar excesos y abusos, mismos que son comunes en todos los tipos de medios y por toda clase de comunicadores.

Para el caso de México éstos gozan, en buen y mal sentido, de absoluta libertad, es más, se le rinde pleitesía anualmente a la libertad de expresión y a los comunicadores, bajo la máxima de que son preferibles los excesos a la censura.
A partir de esta concesión no pedida ni tampoco otorgada, pero sí consentida, se han cometido muchas (pero muchas) y muy variadas injusticias contra miles de personas, organizaciones de todo tipo y gobiernos.

Los medios, todos, se han convertido, con la silenciosa complacencia de propios y extraños, en verdaderos inquisidores, implacables juzgadores y feroces dictadores de sentencias atroces.

Lo sabe todo mundo, dentro y fuera de México, que aquí así funcionan las cosas; “Cuarto Poder” se le llama irónicamente a los medios masivos de comunicación.
Esto, aunque bien sabido que lo es, viene a tema porque en México, amigo lector, en el año 2013 se aprobó en el Poder Legislativo, una reforma constitucional sobre la defensa de las audiencias y el derecho de réplica y que ahora en 2015, después de casi dos años, las leyes secundarias están en el Congreso, en lista para subir al pleno y ser votadas; para el caso del segundo: la ley reglamentaria de derecho de réplica respecto de la información inexacta o falsa que se emita en cualquier medio de comunicación.
Asunto éste, que por su valor y trascendencia, reclama la mejor atención de todos y por supuesto, el mejor apoyo ciudadano, porque tal disposición sencillamente busca como todas las leyes, regular el ejercicio de un derecho que no puede, para bien de todos, ser absoluto e inatacable, mucho menos, fuero protector de toda acción mediática, aun a costa de dañar y perjudicar a terceros.

Los sujetos ofendidos luego entonces, podrán llevar a juicio al editor o comunicador, a fin de que demuestren que la información, los datos u opiniones publicadas tienen base cierta y demostrable ante un tribunal.
Para el caso del derecho de audiencia, la regulación busca que el emisor advierta al público cuando se trata de un anuncio y cuando dé una información, a fin de que el auditorio, lector, radioescucha o televidente pueda distinguir una cosa de otra y pueda de mejor forma juzgar o acreditar lo publicado.

Algo semejante contiene la iniciativa en comento, para el caso de diferenciar la información de la opinión, cuyo contenido el usuario de medios suele confundir y pensar que la opinión o decir de un articulista, comentarista de radio o titular de un noticiero televisivo, es la verdad de los hechos o sucesos que difunde.
Estos hechos consentidos, de los que han disfrutado y abusado durante años y años los medios mexicanos, son algunos de los componentes del poder y la influencia mediática en que se retuerce la vida cotidiana del ciudadano mexicano y es por supuesto, lo que la aludida iniciativa pretende regular para mejorar la calidad de la difusión y la audiencia en lo general.

El comentario es oportuno, amigo lector, ya que sacar buenas regulaciones de reformas constitucionales logradas a base de buenos consensos legislativos, seguramente podría sacar a la clase (entendida ésta como segmento social, político y económico) de medios, de las influencias del dinero, el favor y el compromiso político-mediático.

Y por consiguiente, a tener una mejor ciudadanía, al transferir el exceso de poder que hoy ostentan los medios al ciudadano mediante buena información.
Es previsible que el debate y las presiones en el Congreso serán fuertes y con todo el poder de quienes sientan lastimados o disminuidos sus intereses, mas seguramente será para nosotros, una buena oportunidad de conocer de qué están hechos estos nuevos legisladores, sabremos en breve si la presente legislatura es comparable a la anterior que tantas y tan buenas satisfacciones le dieron al pueblo de México, al anteponer el interés supremo de la nación, al interés y conveniencia de unos cuantos y poderosos afectados.
GRACIAS POR SU TIEMPO.
¿Sabía Usted?
Mr.

Kuinkelly
Que cantar en la regadera, se debe a una razón física, que hace que nos escuchemos bien afinados y creernos dotados de una prodigiosa voz, lo cual en la mayoría de los casos, es solo una ilusión auditiva.

Generalmente la motivación se debe a un estado de relajación alcanzado durante el baño, debido al espacio cerrado y acogedor que provoca al cerebro la liberación de dopamina, la sustancia de las emociones.
Las causas físicas tienen que ver con la acústica de cuarto de baño, debido a que las paredes cubiertas de los azulejos permiten que el sonido rebote y no lo absorban, lo que ayuda a la afinación, además de que al ser espacios reducidos, la voz alcanza mayor volumen.
Independientemente de afectar la tranquilidad de quienes nos escuchen, este hábito resulta por demás relajante, estimulante y produce sensación de bienestar que ameniza la rutina del baño e incluso llega a inspirar la ejecución simultánea de algunos pasos de baile.

 

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